Los contribuyentes que hayan declarado y pagado el Islr antes de la entrada en vigencia de este Decreto tendrán un crédito fiscal
Este miércoles 18 de enero fue publicado en Gaceta Oficial N° 41.077 el decreto presidencial N° 2.680 mediante el cual se exonera del pago de Impuesto Sobre La Renta (Islr) a aquellas personas naturales residentes en el país con ingresos netos de hasta 6.000 Unidades Tributarias (UT) al año.Esta exoneración, señala el texto legal, aplica para los "enriquecimientos netos anuales de fuente territorial obtenidos durante el ejercicio fiscal 2016".Asimismo, establece que los contribuyentes que hayan declarado y pagado el Islr antes de la entrada en vigencia de este Decreto tendrán un crédito fiscal equivalente al monto cancelado, el cual podrán ceder o aplicar a los ejercicios fiscales posteriores. Cabe destacar que el beneficio otorgado en este Decreto no aplicará para los contribuyentes que presenten su declaración definitiva fuera de los plazos establecidos. El pasado 15 de enero, durante la presentación de la Memoria y Cuenta, el presidente Nicolás Maduro anunció la medida. “Estas acciones se han tomado para proteger a los trabajadores, y yo pido al ministro Ramón Lobo que dé los detalles correspondientes en el momento necesario”, dijo en su momento.
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