lunes, 20 de febrero de 2017

Bolipuertos reactiva de forma permanente el Registro de Operadores Portuarios

Los operadores portuarios, transportistas terrestres, agentes aduanales y sus auxiliares podrán llevar a cabo la inscripción de forma fácil, rápida y segura

Bolivariana de Puertos (Bolipuertos) reactiva, de forma permanente, el Sistema de Registro de Operadores Portuarios (ROP) dirigido a todas y todos aquellos clientes y usuarios, interesados en prestar servicios dentro de las terminales portuarias a nivel nacional.Es por eso que se pone a disposición el portal web: http://ift.tt/1SLp4qj, donde los operadores portuarios, transportistas terrestres, agentes aduanales y sus auxiliares podrán llevar a cabo la inscripción de forma fácil, rápida y segura, para posteriormente consignar sus documentos ante las Oficinas de Asesoría Legal de los puertos a nivel nacional en horario de oficina, reseña el portal de Bolipuertos.Cabe destacar que para este nuevo ejercicio fiscal, se han realizado algunas modificaciones, entre las que destacan, el registro de bateas, taras y remolques, en la categoría de transporte terrestre con el fin de supervisar el número de estructuras de este tipo que ingresan o salen de las instalaciones marítimas.Además, es de carácter obligatorio que las empresas que realizan el servicio de estiba y desestiba inscriban el número de empleados mínimo, exigidos en la circular, garantizando la optimización del servicio a través del personal competente y calificado.El registro contempla tres categorías, la A relacionada con los Agentes Navieros y Servicios de Estiba, la B que tiene que ver con proveedores de recursos humanos para Agentes Navieros y Arrendadoras de Equipos y Maquinarias y la C que se refiere a los servicios complementarios a la carga, al buque y al turista, entre otros.Una vez concluido el proceso de inscripción, los usuarios deben dirigirse a la Gerencia de Seguridad Laboral y Ambiente del Puerto en el cual van a operar para que sus empleados reciban la “Charla de inducción de seguridad industrial y protección de buques e instalaciones portuarias”.Las personas naturales quedan excluidas para este registro, pues sólo empresas o cooperativas podrán hacerlo, precisando la categoría en la cual se van a registrar para evitar inconvenientes posteriores.



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